¿Se puede vivir sin redes sociales en la época actual? Imposible dicen algunos expertos, quienes también plantean que, así como han llegado para facilitar la conexión entre individuos, las redes sociales conllevan serios riesgos para la seguridad y el derecho a la privacidad de los usuarios.
Con un imparable crecimiento y más de 4.500 millones de usuarios, la variedad de redes sociales es tan amplia que se ajusta a los gustos y necesidades de casi cualquier usuario. Las motivaciones de uso son, también, variadas. Desde estar informado casi a tiempo real gracias a los tweets, hasta colgar las fotos de sus últimas vacaciones en Instagram, pasando por buscar trabajo en LinkedIn o jugar en plataformas online.
Sin embargo, a medida que las personas comparten una gran cantidad de información personal en línea, desde detalles sobre su vida diaria hasta fotografías íntimas, se exponen a una serie de amenazas, tales como el robo de identidad o el acoso cibernético.
Fabricio Góngora Flores, docente de la carrera de Derecho de la Universidad Franz Tamayo, Unifranz, indica que todo accionar de los seres humanos, tanto en el ámbito público como privado, se encuentra registrado en bases de datos, tanto material y como digitalmente, aspecto que sin duda abarca a las redes sociales.
“Pese a los esfuerzos vanos de ‘políticas de privacidad’, generados por las aplicaciones o plataformas, éstas no llegan a proteger ni garantizar el cumplimiento del mismo para el usuario. Por lo que la persona que ingresa a redes sociales, se encuentra totalmente expuesta y desprotegida”, dice el académico.
Según el jurista, los jóvenes son los que quedan más expuestos ya que siguen tendencias, imitan acciones populares que se viralizan en las redes sociales, y muchas veces cometen el error de otorgar mayor información de la debida (ubicación de domicilio o identidad personal) o exponer a menores de edad.
“Existe una gran desinformación en cuanto a la protección de la privacidad y su efectivización a través de la poca protección jurídica nacional”, puntualiza el abogado.
¿Cómo proteger el derecho a la privacidad?
Más allá de los instrumentos jurídicos que puedan emplearse, la correcta protección de la privacidad en la actualidad requiere más de un compromiso personal al momento de ingresar a la virtualidad.
“Si bien es cierto que cada usuario se registra e ingresa información de manera voluntaria, no es menos importante recalcar que esa información proporcionada, no desaparece del almacenamiento en nubes de las diversas redes sociales”, señala Góngora.
De ahí que, al momento de registrarse en cualquier red social y proporcionar sus datos personales, fotografías y videos propios, las personas deben preguntarse a sí mismos si realmente es necesario otorgar su información personal o si existe un beneficio positivo en su vida.
El jurista aclara que tampoco hay que dejarse guiar por las tendencias o modas que suelen afectar e influir de manera sistemática en los jóvenes ya que, el hecho de que la información personal esté tan fácilmente disponible en línea, representa un riesgo significativo para la privacidad de las personas, que puede ser aprovechado por terceros con malas intenciones, ya sea para perpetrar fraudes financieros o para acosar a individuos vulnerables.
Muchos usuarios no comprenden la magnitud de la cantidad de datos que comparten y cómo pueden ser utilizados en su contra. Además, las políticas de privacidad de las plataformas de redes sociales pueden ser confusas y cambiantes, lo que dificulta que los usuarios tomen decisiones informadas sobre qué información compartir y con quién.
Por otro lado, las redes sociales también plantean desafíos éticos en términos de la recopilación y el uso de datos por parte de las propias plataformas. El escándalo de Cambridge Analytica (acusada de tratar de influenciar los resultados de las elecciones presidenciales de 2016 en EE.UU.) es solo un ejemplo de cómo los datos recopilados en las redes sociales pueden ser utilizados para influir en procesos políticos y electorales.
¿Cómo protegerse? Asumiendo medidas proactivas que permitan proteger la privacidad en línea, revisar y ajustar la configuración de privacidad en las cuentas de redes sociales, limitar la cantidad de información personal que se comparte públicamente y ser conscientes de las posibles implicaciones de sus acciones en línea.
¿Cómo vamos en Bolivia?
El derecho a la privacidad es la facultad de toda persona de solicitar o precautelar el resguardo, actualización, rectificación o supresión de la información almacenada en cualquier medio físico o electrónico y que los mismos se encuentren vinculados a su vida, intimidad, honra, propia imagen y dignidad.
En Bolivia, la Constitución Política garantiza este derecho: “las bolivianas y los bolivianos tienen los siguientes derechos: a la privacidad, intimidad, honra, propia imagen y dignidad”.
Asimismo, una sentencia constitucional determina que “toda persona individual o colectiva que crea estar indebida o ilegalmente impedida de conocer, objetar la eliminación o rectificación de los datos registrados por cualquier medio físico, electrónico, magnético o informático, en archivos o bancos de datos públicos o privados, o que afecten a su derecho fundamental a la intimidad y privacidad personal o familiar, o a su propia imagen, honra y reputación, podrá interponer la Acción de Protección de Privacidad”.
El país cuenta con vasta normativa en cuanto al cuidado de la imagen de las personas, el secreto bancario, los delitos informáticos, la reserva de identidad en casos de menores de edad o los derechos de los usuarios; pero, no tiene una normativa específica de protección de la privacidad en la actual era digital.
Para Góngora, es necesario que el ordenamiento jurídico nacional implemente una normativa específica que garantice la protección de la privacidad y que, probablemente, lo más importante es que los bolivianos valoren más su privacidad y puedan exigir su protección cuando corresponda.
Las redes sociales online se han convertido en las favoritas de los cibernautas, pues permiten compartir ideas, intereses y afinidades a través de fotografías, videos, e imágenes. No obstante, en el intercambio de información personal, existen riesgos a la privacidad que muchas veces pasan inadvertidos para los usuarios.
Diego García Ricci, en su artículo “El derecho a la privacidad en las redes sociales en internet” publicado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), sostiene que dentro de los ambientes virtuales existe un derecho a la privacidad, el cual es reconocido por los medios sociales, pero que “la forma de entender este derecho debe estar en sintonía con esta nueva era digital y su cumplimiento será responsabilidad tanto de la sociedad en general como del propio Estado”.
El derecho a la privacidad en la era digital es un tema complejo que involucra a usuarios, empresas y legisladores. Solo a través de un esfuerzo conjunto para promover la conciencia y establecer estándares claros de protección de datos se podrá garantizar que los individuos disfruten de los beneficios de la conectividad digital sin comprometer su privacidad y seguridad personal.