Por Lily Zurita
En el marco de una economía globalizada y en constante transformación, la cultura tributaria se erige como un pilar fundamental para el progreso y la estabilidad económica de cualquier país.
En Bolivia, el fortalecimiento de esta cultura se ha convertido en una prioridad para las autoridades gubernamentales, quienes reconocen su papel crucial en la construcción de un futuro próspero y sostenible para todos los ciudadanos.
La cultura tributaria va más allá del simple acto de pagar impuestos; implica una comprensión profunda de la importancia de contribuir al sostenimiento de los servicios públicos y del bien común.
“La cultura tributaria es la forma en que la colectividad construye una imagen de los impuestos, a partir de una combinación de información y experiencia sobre la acción y el desempeño del Estado, relacionando como variables importantes la carga tributaria, el compromiso del contribuyente y la acción del Estado”, asegura Diego Lizarazu, director de la carrera de Contaduría Pública de la Universidad Franz Tamayo, Unifranz.
Una de las estrategias clave de la cultura tributaria es la implementación de campañas educativas a nivel nacional, dirigidas a informar y sensibilizar a los ciudadanos sobre la relevancia de cumplir con sus obligaciones tributarias. Estas campañas buscan derribar mitos y falsas creencias en torno al pago de impuestos, promoviendo una visión más clara y objetiva de su impacto positivo en el desarrollo del país.
Además, existen programas de capacitación dirigidos a diversos sectores de la sociedad, con el fin de brindar herramientas y conocimientos que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Estas iniciativas buscan empoderar a los contribuyentes, promoviendo una participación activa y responsable en el sistema tributario.
“Fomentar la cultura tributaria es motivar el ejercicio de ciudadanía, responsable y corresponsable, a través del pago de tributos”, sostiene Lizarazu.
El académico señala que una de los aspectos para mejorar la cultura tributaria es involucrar a los profesionales del área contable en una trilogía entre Estado, universidad y colegios de profesionales, para socializar previamente reformas tributarias que faciliten la simplificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias.
En tanto, Carolina Roca (Guatemala), en la publicación “Estrategias para la formación de la cultura tributaria”, define a la cultura tributaria como un “conjunto de información y el grado de conocimientos que en un determinado país se tiene sobre los impuestos, así como el conjunto de percepciones, criterios, hábitos y actitudes que la sociedad tiene respecto a la tributación”.
Qué son los tributos
Denominados también “impuestos”, son cantidades de dinero que los ciudadanos están obligados a pagar por ley para que las administraciones públicas -gobierno central, gobernaciones y alcaldías- dispongan de los recursos suficientes para financiar la satisfacción de las necesidades públicas.
El diccionario de la Real Academia Española define a los tributos como el “ingreso público consistente en una prestación pecuniaria, coactiva, establecida por la ley y debida a una administración pública por la realización de un hecho lícito que manifiesta capacidad económica y que se satisface por el sujeto pasivo en función de su deber constitucional de contribuir al sostenimiento del gasto público”
Lizarazu aclara que estos tributos son obligatorios o coactivos. Se imponen de manera unilateral por parte del Estado o administración pública. Son exigibles y su incumplimiento es sancionable. Son ordinarios, es decir se perciben con regularidad.
Los impuestos se clasifican en: impuestos, tasas, contribuciones especiales y patentes.
Los impuestos tienen como hecho generador una situación prevista por Ley. No existe una contraprestación.
Las tasas consisten en la prestación de servicios o la realización de actividades individualizadas en el sujeto pasivo.
En tanto, las contribuciones especiales son beneficios derivados de la realización de determinadas obras o actividades estatales cuyo producto no debe tener un destino ajeno a la financiación de dichas obras o actividades.
Las patentes, por otro lado, son establecidas conforme a la norma cuyo hecho generador es el uso o aprovechamiento de bienes de dominio público, así como la obtención de autorizaciones para la realización de actividades económicas.
“Sólo la Ley puede crear, modificar y suprimir los tributos”, manifiesta el académico, quien lamenta que aún existan desafíos por superar en materia de cultura tributaria en Bolivia.
La informalidad económica y la evasión fiscal son algunos de los obstáculos que persisten y que requieren de una atención continua por parte de las autoridades y de la sociedad en su conjunto.
El fortalecimiento de la cultura tributaria es un proceso gradual que demanda el compromiso y la colaboración de todos los actores involucrados. Solo a través de una participación activa y consciente será posible construir una sociedad más justa, equitativa y próspera para todos los bolivianos.