Normas que salvan vidas: avances legales en la donación de órganos en Bolivia

En los últimos años, Bolivia ha intensificado sus esfuerzos para fortalecer el marco legal y técnico que regula la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células. Aunque la legislación básica data de 1996, el país ha iniciado un proceso de actualización normativa, acompañado de cooperación internacional, digitalización del sistema y campañas de sensibilización para fomentar una cultura solidaria de donación.
Yerko Paz, docente de la carrera de Derecho de la Universidad Franz Tamayo, Unifranz, sostiene que el tema de la donación de órganos debe abordarse siempre desde una perspectiva humanitaria, considerando el consentimiento, la expresión de voluntad, y que estas características deben estar plenamente evidenciadas.
“Contamos con normas como la Ley 1716, que establece las condiciones para poder realizar una donación, o incluso para trasplantar órganos, ya sea en vida o después de la muerte. Es más, nuestra legislación ha avanzado con diferentes decretos supremos para permitirlo en distintas instancias”, explica el académico.
Asimismo, Paz sostiene que la donación de órganos tiene una característica particular, como su nombre indica: se trata de una concesión de algunos recursos biodisponibles (de personas vivas o fallecidas) en favor de un solicitante. En tal sentido, la legislación sobre donación y trasplante incluye elementos claros que impiden su tergiversación o mal uso.
El Derecho es un sistema normativo e institucional que regula la conducta externa de las personas, guiado por los principios de justicia y certeza jurídica. Es fundamental comprender la relevancia de la formación en el área, ya que esta disciplina no solo fortalece el perfil profesional, sino que también capacita para abordar con responsabilidad temas sensibles y de alto impacto social, como la donación de órganos.
Normativa vigente
La Ley 1716 de Donación y Trasplante de Órganos, Células y Tejidos sentó las bases legales para los trasplantes en Bolivia. Esta norma establece los principios fundamentales en la materia, disponiendo que toda donación debe ser voluntaria, gratuita y con consentimiento informado, ya sea en vida o después del fallecimiento.
El Decreto Supremo 1115 reglamenta la Ley 1716. Es una normativa clave en Bolivia, que regula la donación y trasplante de órganos, células y tejidos, asegurando la protección del derecho a la salud y estableciendo los procedimientos y requisitos necesarios para estas prácticas. Define, además, aspectos como los tipos de donantes, receptores y órganos susceptibles de trasplante.
De igual manera, el Decreto Supremo 1870 establece el trasplante renal gratuito a nivel nacional como parte de las políticas públicas de salud. Sin embargo, con los avances médicos y tecnológicos, se ha visto la necesidad de adaptar el marco legal a los tiempos actuales.
“En 2023 se estableció, en el ámbito notarial, que una persona puede manifestar su voluntad de donar órganos mediante una escritura pública ante notario de fe pública, garantizando así el consentimiento expreso, respaldado por la fe pública del Estado”, destaca Paz.
Avances recientes
Entre los avances más recientes en la legislación boliviana sobre donación de órganos, destacan:
- En 2024, se presentó un Proyecto de Ley para el Fomento a la Solidaridad y Donaciones en Bolivia, con el objetivo de promover la cultura de la donación en el país. La propuesta busca incentivar a personas y empresas a contribuir con organizaciones de fines filantrópicos, educativos, científicos, sociales, humanitarios, deportivos, familiares o culturales, mediante la implementación de beneficios fiscales.
- En 2025, también se remitió un proyecto de Ley denominado “Ley de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células en Bolivia”. Su objetivo es regular la donación, obtención, conservación, distribución y trasplante de órganos, promoviendo un sistema transparente que garantice el acceso equitativo a los trasplantes. Entre las innovaciones que contempla se encuentran la creación del Registro Nacional de Donantes, la implementación del “consentimiento presunto” y la adopción de medidas estrictas contra el tráfico ilegal de órganos, alineadas con estándares internacionales.
“Nuestra legislación reconoce y prevé que cualquier persona que incurra en la comercialización de órganos, fuera de los parámetros legales establecidos, estaría cometiendo un delito. La idea es que la donación de órganos conserve un carácter profundamente humano y proteja el derecho a la vida de quienes los necesitan”, enfatiza Paz.
En este contexto, el Ministerio de Salud ha trabajado en una propuesta de actualización normativa, la cual ya ha sido socializada con especialistas y representantes de la sociedad civil a través de talleres. Durante 2024 y 2025, se actualizó la Norma Nacional de Procedimientos de Trasplante Renal, precisando protocolos para trasplantes con donante vivo relacionado, trasplante cadavérico y manejo postrasplante. Esta actualización busca estandarizar la atención con base en estándares internacionales y mejorar la formación de los profesionales involucrados.
Además, se está impulsando la creación de un Registro Único de Donantes y Receptores, lo que permitirá una mayor transparencia en la asignación de órganos. Se espera que el sistema digital también facilite el seguimiento clínico de los pacientes trasplantados, mejorando la compatibilidad entre donantes y receptores.
Estos avances reflejan un fortalecimiento del marco normativo y técnico, orientado a garantizar trasplantes seguros, éticos y de calidad en Bolivia. Aún persisten desafíos, especialmente en la promoción y regulación de la donación post mortem, pero los pasos dados en los últimos años marcan un camino positivo hacia una legislación moderna y más solidaria.