En los últimos tiempos, la justicia restaurativa ha surgido como una filosofía que va más allá de la mera aplicación de sanciones y castigos. Se presenta como una forma de vida, según la cual se busca identificar y resarcir el daño causado a nivel individual y colectivo a través de un pronunciamiento.
El año 2000, la Declaración de Viena sobre la “Delincuencia y la justicia: frente a los retos del siglo XXI” motivó que cada Estado desarrolle “políticas, procedimientos y programas de justicia restaurativa que sean respetuosos a los derechos, necesidades e intereses de las víctimas, los delincuentes, las comunidades y todas las demás partes”.
La justicia restaurativa es una metodología para solucionar problemas que, de varias maneras, involucra a la víctima, al ofensor, a las redes sociales, las instituciones judiciales y la comunidad, según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.
“El comportamiento delictivo no solamente viola la ley, sino también hiere a las víctimas y a la comunidad. Cualquier esfuerzo para solucionar las consecuencias del comportamiento delictivo deberá, en la medida de lo posible, involucrar tanto al ofensor como a las partes ofendidas, y proporcionar la ayuda y el apoyo que la víctima y el delincuente requieren”, indica el organismo internacional, a propósito de la evolución de este concepto.
Su esencia
El abogado penalista, Félix Marín Soria, docente de la carrera de Derecho de la Universidad Franz Tamayo, Unifranz, asegura que la esencia de la justicia restaurativa radica en la identificación del daño causado a una persona y su posterior reparación mediante un pronunciamiento.
“La comunidad está a la expectativa de los pronunciamientos de la administración de justicia y, por lo tanto, a través de la justicia restaurativa no únicamente se restaura el daño individual, sino también se repone el daño colectivo que se ha producido”, explica el jurista.
Restaurar daño colectivo
La justicia restaurativa no sólo aborda los intereses individuales, sino que también busca reponer los daños colectivos que puedan haberse producido. Es un enfoque que va más allá de la reparación de la víctima para contribuir a la restauración de la propia comunidad.
La activación de la justicia restaurativa ocurre cuando un sujeto causa daño a otro, ya sea de manera dolosa o culposa. La regla general establece que aquel que causa un daño injusto está obligado a repararlo. Este enfoque no se limita a la esfera penal, ya que puede aplicarse en ámbitos civiles, familiares o laborales.
No es lo mismo que conciliación o arbitraje
Es crucial distinguir la justicia restaurativa de otros métodos alternativos de resolución de controversias, como la conciliación, el arbitraje, la negociación o la mediación. En este contexto, la restauración no implica un acuerdo entre las partes en conflicto, sino que recae en manos de autoridades judiciales que identifican el daño y garantizan su reparación.
“La conciliación, el arbitraje, la negociación y la mediación son métodos alternativos de resolución de la controversia, son mecanismos por los cuales se equipara distintos intereses y se los resuelve por los mecanismos que se establecen en el ordenamiento jurídico”, agrega Marín.
A diferencia de la conciliación, en la justicia restaurativa, el juez o fiscal desempeña un papel central en la identificación y resarcimiento del daño. La comunidad está en la expectativa de este proceso, que no sólo busca la reparación del daño individual, sino también la restauración del tejido social.
Es importante señalar que la justicia restaurativa no se aplica en casos de responsabilidad objetiva del Estado, como en situaciones derivadas de acciones de dictaduras militares.
Su enfoque se centra en la reparación del daño individual y la restauración del orden público, no en la persecución penal ni en la imposición de castigos.
Bolivia ha avanzado significativamente en la implementación de métodos restaurativos, especialmente en el ámbito penal, con la ley 1173.
En el caso de los adolescentes infractores de la ley, la justicia restaurativa se aplica, principalmente, a través de la “mediación penal, círculos restaurativos, reuniones familiares, programas de orientación socioeducativa y otros mecanismos”, según el artículo N° 317 del Código Niño, Niña y Adolescente.
Otros países, como México, han incorporado la justicia restaurativa en sus códigos procesales, reconociendo su aplicabilidad en diversos ámbitos legales.
Más allá del castigo y la sanción
En última instancia, la justicia restaurativa representa un ideal que va más allá del castigo y la sanción.
Se trata de una filosofía que prioriza la revalorización de la víctima, la reparación del daño y la reconstrucción de las relaciones sociales en aras de un bienestar colectivo. Su versatilidad la convierte en un enfoque aplicable en diferentes ramas del derecho, proporcionando un camino hacia una sociedad más justa y equitativa.
“Es una forma de pensamiento, tanto de autoridades como de la propia población, donde lo más importante es la restauración. Nos olvidamos del castigo y la sanción. Lo más importante es la revalorización de la víctima que ha sufrido el daño y restaurar aquello”, puntualiza el académico.