Estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad Franz Tamayo, Unifranz, presentaron en la Feria Jurídica Legal Corp una propuesta de modificación al Código Niña, Niño y Adolescente (Ley 548) para resguardar la salud mental de los menores que atraviesan el proceso de divorcio de sus padres. Se trata de un proyecto integrador que nació a raíz de la dolorosa experiencia de uno de sus creadores cuando era un niño.
“La idea nació a partir de mis propias vivencias, porque fui parte de un proceso de guarda cuando mis padres se divorciaron y yo era solo un niño. Verlos separarse fue muy traumático, principalmente porque no tenía idea de lo que iba a pasar. Este proyecto tiene el objetivo de evitar el decaimiento de los más pequeños de nuestra sociedad, priorizando su salud mental como punto clave para el desarrollo dentro del seno familiar”, explicó José Ignacio Irusta, estudiante de la carrera de Derecho de Unifranz Santa Cruz.
El proyecto se denomina «Propuesta de Modificación de los Artículos 60 y 61 de la Ley 548 para establecer la obligación de tutores o padres de precautelar la salud mental de las niñas, niños y adolescentes que experimentaron un proceso de guarda y/o tutela», y fue realizado, además de Irusta, por los estudiantes Tatiana Tapia, Belén Montecinos y Alejandro Franco.
El joven asegura que la salud mental es importante en todas las etapas de la vida, desde la niñez y la adolescencia hasta la edad adulta. La define como el bienestar general de la manera en que se piensa, se regulan los sentimientos y el comportamiento. En base a esos conceptos, el grupo comenzó el proyecto integrador desde la perspectiva del Derecho, brindando dos propuestas de modificación.
Modificación a dos artículos
El artículo 60 del Código Niña, Niño y Adolescente establece que la guarda estará vigente en tanto se defina la suspensión o extinción de la autoridad y las medidas impuestas a la madre, al padre o ambos. Cuando los menores no tengan ni madre ni padre identificados, o exista conflicto de filiación, la guarda será otorgada a terceras personas. Además, la jueza o juez, en resolución, ordenará a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia realizar el seguimiento de la guarda y establecer el lugar del ejercicio de la misma dentro del territorio nacional.
Los estudiantes de Unifranz proponen que, en este artículo, la jueza o juez en resolución debe ordenar la obligación de los responsables de la guarda a cumplir con el seguimiento que establezca la Defensoría de la Niñez y Adolescencia. Resaltan que el incumplimiento será causal de suspensión parcial o total de la autoridad materna o paterna, según corresponda, y que la guardadora o el guardador podrá ser habilitada o habilitado por la instancia técnica departamental de la política social para el trámite de adopción.
“Para la elaboración de esta modificación aplicamos principalmente el conocimiento de las técnicas de investigación, el procedimiento familiar e incluso civil, fue importante para sustentar el trabajo. De igual manera, realizamos un análisis para entender cómo funcionan las instituciones encargadas de estos grupos vulnerables”, detalló Irusta.
En tanto que el artículo 61 del mismo código establece “que los responsables de la guarda bajo ninguna circunstancia pueden transferir a terceros a la niña, niño o adolescente, cuya guarda le fue conferida”.
Para cumplir el objetivo de proteger la salud mental de los menores, los futuros abogados consideran importante que los responsables de la guarda queden obligados a cumplir con las órdenes de seguimiento establecidas en la resolución que emitirá la jueza o juez y que bajo ninguna circunstancia puedan transferir la obligación de cumplir el seguimiento a terceros. Es decir, los estudiantes plantean incluir la obligatoriedad en este numeral.
La guarda deriva directamente de la institución conocida como patria potestad, que concede a los padres los deberes de precautelar la integridad física, emocional y un correcto desarrollo acorde a las necesidades de los menores de edad. Cabe destacar que estos deberes deben estar debidamente garantizados por el Estado, es por lo mismo que todos los padres deben cumplir un rol más exponencial del que se sugiere en la propuesta.
“Las personas beneficiadas con este proyecto son las niñas, niños y adolescentes que lamentablemente se ven envueltos a muy temprana edad en la pesadez de un proceso judicial, como lo es la guarda y/o tutela. Muchos de estos menores vienen de familias fragmentadas, indiferente de su estatus económico; esta problemática no discrimina y claramente golpea a nuestras generaciones jóvenes”, enfatizó el estudiante.
De acuerdo con los datos nacionales del Servicio de Registro Cívico (Serecí), en 2023 hubo 8.217 divorcios en Bolivia, de los cuales la mayoría se registró en La Paz, con 2.680; seguido por Santa Cruz, con 1.778; y Cochabamba, con 1.654.
Proyectos integradores al servicio de la sociedad
Unifranz, con su modelo educativo y a través de sus proyectos integradores y multidisciplinarios, detecta diferentes problemáticas sociales, propone creaciones innovadoras y pone a sus estudiantes —guiados por docentes expertos en el tema— a encontrar soluciones a problemas reales. El objetivo es que los futuros profesionales empiecen a trabajar con un enfoque que aporte a la sociedad.
“El proyecto se realizó con el ánimo de precautelar a las próximas generaciones, haciendo uso de las herramientas que nos proporciona el Derecho como carrera que engrana en la sociedad, su convivencia y sano desarrollo. Realizar este trabajo ha sido un reto, sin embargo, me enorgullece y aumenta mi determinación en no ser solo otro abogado más, sino aquel profesional que impulse un cambio dentro de su país”, concluyó emocionado Irusta.
Si te apasiona el mundo de las leyes y quieres realizar un cambio positivo en la sociedad, encuentra más información de la carrera de Derecho en el siguiente enlace: https://ux.unifranz.edu.bo/derecho